¿Cómo facturar a una empresa extranjera desde Argentina?

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Si vendes productos o prestas algún servicio fuera de Argentina debes tomar en cuenta ciertas pautas que te indican cómo facturar a un extranjero sin descuidar tus obligaciones tributarias.

Hay grandes dudas en cuento al marco regulatorio de este tipo de actividades, por lo tanto te recomendamos revisar cuidadosamente la información que te presentamos a continuación para que comiences a hacer tus facturas de exportación sin inconvenientes.

Requisitos para facturar servicios profesionales al exterior en el 2020

La prestación de servicios se puede clasificar de la siguiente manera:

  • Suministro transfronterizo: relacionado con un proveedor y un cliente, conocidos como agentes, los cuales estas ubicados de lados distintos de la frontera. No hay necesidad de trasladarse para recibir el servicio.
  • Consumo en el extranjero: en este caso los servicios son útiles en un territorio ajeno al propio.
  • Presencia comercial en el extranjero: aquí un residentes del país, debe viajar al extranjero por solicitud el cliente, ya que el servicio debe ser realizado de forma presencial.

Para realizar la exportación de cualquiera de estos tipos de servicios, debes cumplir con los requisitos de inscripción de la AFIP y Rentas.

Si no conoces las exigencias de la AFIP te las exponemos a continuación:

  1. Como prestador del servicio debes solicitar el CUIT y darte de alta en el Régimen Simplificado (Monotributo) o Régimen General, dependiendo de los parámetros y la evaluación del coste de ambas opciones.
  2. Es importante resaltar que las actividades de exportación, ya sea de bienes o servicios, están libres de IVA, lo cual te permite ser más competitivo en el precio final. Además como prestador de servicio no debes inscribirte en el Registro de Importador/Exportador, ya que esto es solo para exportadores de bienes.
  3. Los monotributistas tienen prohibida la actividad de importación, tanto de bienes como de servicios.

En cuanto a los requerimientos de la Dirección de Rentas, debemos mencionarte lo siguiente:

  1. En cada fisco varía el tratamiento impositivo, lo cual podría llegar a perjudicar al prestador del servicio que debe gravar o no los impuestos sobre los Ingresos Brutos. En Buenos Aires y otras provincias, existe la exención de gravabilidad de los servicios de exportación.

Especificaciones para la facturación

  • Desde el pasado 2015 la AFIP indicó que es obligatorio emitir un comprobante o factura electrónica para la exportación de servicios, en este caso factura E.
  • El número CUIT que debes utilizar será emitido por la AFIP. Por lo tanto, debes estar atento a las listas publicadas con el número a consignar para un cliente del exterior. Este número depende del país y del tipo de cliente.
  • Puedes emitir las facturas en dólares, pero incluye una leyenda que informa el tipo de cambio que se estableció a efectos impositivos. El cambio generalmente se obtiene del Banco Nación el día anterior a la emisión de la factura.

¿Cómo facturar a un cliente extranjero de la Unión Europea?

En este caso la factura es intracomunitaria y debes darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Este procedimiento es posible usando las casillas 582 y 584 del modelo 036 de alta en autónomos.

Luego de esta solicitud obtendrás el NIF-IVA necesario para realizar operaciones intracomunitarias y así declarar la factura usando el modelo 349 de operaciones intracomunitarias y en los modelos 303 y 390 de IVA.

Al instante de que obtengas tu NIF-IVA, podrás empezar a generar tus facturar, pero debes tomar en cuenta que el tratamiento fiscal varía si procesas productos o servicios. Sin embargo en ambos casos las facturas no tributarán el IVA, cuando el proveedor y el cliente están en el ROI como operadores intracomunitarios.

Las obligaciones tributarias derivadas de la prestación de servicios o venta de bienes a profesionales y empresas intracomunitarios pasan por la presentación del modelo 349 de operaciones intracomunitarias, modelo 303 de IVA y su resumen anual modelo 390. Si el cliente europeo es un particular, el proveedor debe reflejar su venta en el modelo 303 del IVA y en su equivalente anual, el modelo 390.

¿Cómo es la facturación de a un cliente extranjero que no es miembro de la Unión Europea?

En este caso estas realizando exportaciones y según el artículo 21 de la Ley de IVA, estas están exentas del impuesto si son empresa o profesionales particulares.

La exención se aplica mediante una nota conforme al Artículo 21.1 de la Ley 37/1992 y el cliente únicamente debe pagar la base indicada. Pero, esto no exime al proveedor de la presentación del modelo 303 a título informativo.

Con el fin de justificar ante Hacienda las exportaciones, es necesario archivar una copia de los siguientes documentos:

  • Factura comercial.
  • Documento de transporte internacional.
  • Declaración aduanera de exportación.



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