empleadas domesticas

¿Cuánto deben trabajar las empleadas domésticas para estar en blanco?

132

Según el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, son empleados y empleadas domésticas quienes realicen labores en casas particulares o en el ámbito familiar. Sin importar la cantidad de horas trabajadas, estas personas deben estar registradas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Los aportes dependen de las horas semanales que trabaje, y a su vez, estas varían de acuerdo a la modalidad de contratación. Para ello, existen tres regímenes de prestación. Primero están los que residan en el domicilio (cama adentro), o Sin Retiro. Segundo, Con Retiro para un solo empleador; es decir, no viven dentro de la casa. Por último, los que tiene Distintos Empleadores, por lo tanto, no pernoctan en el lugar. Continúa leyendo este post para informarte sobre todas las obligaciones legales que hay que cumplir.

Relación laboral de las empleadas domésticas

relacion laboral empleadas domesticas

Lo más común en estos casos, es que los trabajos del hogar los realicen mujeres; aunque cada vez son más los hombres en este gremio. Las empleadas domésticas se encargan de la limpieza, cocina, jardinería, lavandería, asistencia personal o cuidado de personas sin fines terapéuticos.

En contraste, las contratadas por personas jurídicas, parientes de los dueños de la casa y profesionales de la salud; no entran en esa clasificación. De igual manera, quedan excluidos los que se dediquen a conducir los vehículos particulares de la familia; quienes se alojen en la casa y no presten estos servicios.

Periodo de Prueba

Antes de iniciar en el empleo, ten en cuenta que el periodo de prueba varía. Si estarás “cama adentro” debe durar 30 días, mientras que si será Con Retiro son 15; pero no puede superar jamás los tres meses. Es importante resaltar que dentro de este lapso de tiempo el empleador puede interrumpir la relación de trabajo sin derecho a indemnización. Finalizado este periodo, el contrato se presume concertado indeterminado, en cualquiera de sus modalidades, ya que se rigen por la Libertad de Formas.

¿Cuánto debes trabajar?

El horario de las empleadas domésticas comprende ocho horas diarias o 48 semanales, siempre y cuando no se superen las nueve al día. El descanso es de 35 horas consecutivas desde el sábado a las 13:00. Cuando se trata de las que están contratadas Sin Retiro, gozan de un reposo nocturno de nueve horas más tres para el almuerzo. Por su parte, Con Retiro, necesitan un lapso no menor a 12 horas entre jornadas. Las adolescentes entre 16 y 18 años de edad, no pueden superar las seis horas diarias y las 36 semanales.

Culminación de la relación laboral

empleada domestica

Para terminar la relación laboral, puedes hacerlo estableciendo un acuerdo entre ambas partes. También, en el momento que uno de los involucrados lo decida; si es la empleada doméstica debe notificar con 10 días de anticipación, el patrono con 30. Por jubilación, incapacitación, abandono de trabajo, muerte o cualquier otra causa. Sin importar cuál sea el motivo se debe cancelar lo correspondiente al aguinaldo y las vacaciones no disfrutadas; para luego proceder a retirar a la empleada doméstica de la AFIP.

Cuando es despido injustificado, a la liquidación se suma una indemnización de un mes de sueldo por año de servicio. Otra opción es una fracción mayor de tres meses en base al último sueldo devengado. Además de cancelar el preaviso, que corresponde a 10 días si trabajó hasta una año y 30 si lo hizo de dos en adelante.

¿Quienes NO pueden trabajar como empleadas domésticas?

Está prohibida la contratación de empleadas domésticas menores de 16 años. También a menores de edad que se encuentren cursando estudios de bachillerato; a menos que el empleador asuma los mismos. Sin embargo, quienes tengan 17 años, solo podrán contratarse con la autorización de sus padres, siempre que presente un certificado médico, eso sí, solo en la modalidad Con Retiro.

Registrar a las empleadas domésticas

empleadas domésticas

En la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos el empleador encontrará un apartado donde deberá ingresar con su clave fiscal. Posteriormente, debe dirigirse a la sección Mis Servicios y luego a Personal de casas particulares.

Continua haciendo clic en Comenzar Alta, en la siguiente ventana. El contratante debe rellenar los datos personales de la empleada doméstica y su domicilio. Luego introduce los datos del trabajo, escoge la modalidad, la categoría y escribe la dirección. Es indispensable que aportes el rango de horas semanales , pues de ello depende la cuota mensual del AFIP.

También se requiere el sueldo y la fecha de ingreso. Termina el registro e imprime la constancia. Para culminar este procedimiento, debes cumplir el resto de los pasos obligatorios. Paga un mes de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART); el resto de los aportes se cancelan cuando se les dé de baja a las empleadas domésticas.

Como verás, es sencillo que una empleada doméstica esté en blanco. De esta manera, tendrá acceso a la seguridad social y a jubilación. Por lo tanto, ya no deben existir excusas para que no esté legalizada la relación laboral. Así que no dejes de comentar si este artículo te resultó útil.




Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: Content is protected !!