¿Ya te enteraste de la actualización de valores del monotributo? Ya han salido los nuevos valores de las categorías de monotributo en la página oficial. Si no sabés aún cuáles son, los podés encontrar en esta misma página.
Aquí te mostraremos las categorías y te explicamos de qué va el asunto del régimen simplificado y los requisitos para incluirte en el.
En nuestra página también te explicamos como adquirir una Constancia de Ingresos brutos y cómo obtener la Constancia del Monotributo en simples pasos.
¿Qué es el monotributo?
Es una de las maneras que ha diseñado el gobierno para que paguemos los impuestos más fácilmente y por menor costo. Pues como indica el nombre, busca simplificar el pago en un solo tributo.
Es muy útil e importante para los ciudadanos argentinos incluirse para emitir nuestras facturas, tener acceso a la jubilación, y recibir la cobertura médica familiar y personal.
En este mismo artículo te contamos los requisitos que debés cumplir para poder darte de alta y recibir los beneficios de un monotributista.
¿Cómo puedo ser monotributista?
Con la finalidad de facilitar los pagos de los impuestos en Argentina, el gobierno ha dispuesto que se cumplan al menos ciertos requisitos básicos. Sin embargo, esta opción del monotributo es una simplificación dirigida a los contribuyentes de ingresos bajos. Para iniciar tu inscripción en el régimen podés hacer click aquí.
¿Quiénes pueden?
- Los trabajadores autónomos que sean mayores de 18 años.
- Las personas físicas que se dediquen a la venta de muebles o locaciones, o presten servicios.
- Quienes sean parte de la sucesión indivisa y continúen la actividad de una persona que, siendo monotributista ha fallecido. Es decir, en el momento de fallecer, estaba dado de alta en el monotributo.
- Quienes integren cooperativas de trabajo.
- Para los que conformen sociedades que no superen la cantidad de 3 socios.
¿Quiénes no pueden?
Por otro lado, existen limitaciones a quienes pertenezcan a otros tipos de sociedades, reciban cierta cantidad de ingresos o se encuentren ejerciendo cargos específicos. Te lo indicamos todo en esta lista:
- Los integrantes de sociedades anónimas, sociedad de responsabilidad limitada (SRL), o sociedades colectivas.
- Cuando desempeñen los cargos de dirección, conducción o administración de las sociedades, pese a poderse adherir al sistema de impuestos como monotributista en función de otras actividades
- Si poseés más de 3 locales o superás un número de 3 actividades económicas simultáneamente
- Las ventas de tus productos superan los $15.000 por unidad.
- Te dedicás a importar bienes.
¿Qué representan las categorías?
Se han clasificado hasta 11 categorías para indicarte el impuesto totalizado que tenés que pagar relacionando caracteres como:
- El ingreso bruto que percibís
- La superficie que afecta
- La energía eléctrica que se consume
- Los alquileres.
- Impuesto integrado entre locaciones, prestaciones de servicios y ventas de muebles.
- Aportes al SIPA y obras sociales.
En este cuadro lo podés observar mejor vos mismo o podés entrar en la página oficial aquí.
Como podrás ver, los valores de estas 11 categorías se pondrán en vigencia desde el 2020 según la AFIP. Uno de los cambios más relevantes es el incremento del valor del ingreso bruto hasta un 51,1%. Producto del ajuste del aumento anual para las jubilaciones.
Igual que el año pasado se tiene debajo del porcentaje inflacionario que para octubre estuvo acumulado hasta el 50,5%.
Para el monto máximo de venta por categoría suben a su vez los valores de alquiler para los comercios. Además, gracias al cuadro puedes visualizar las cuotas que corresponden.
Montos límite para monotributo
Fíjate en la Categoría K, que es la más alta en ingresos brutos. Ahora se establece como máximo el percibir una cantidad de hasta $ 2.609.240,69, contra el monto del año pasado, que fue de $ 1.726.599,88.
La cuota que corresponde a pagar en esta Categoría (K) es de $ 14716,41.
Y, por otro lado, el precio unitario de venta vigente será de un máximo de $ 29.119,56. Recuerda que este sería el monto límite admitido por el régimen de Monotributo.
¿Puedo ser excluido?
- Si tus ingresos se pasan de los límites establecidos para el régimen simplificado, se te excluye del mismo automáticamente.
- Si llega el plazo límite de pago y no pagás, venciéndose las cuotas.
Como contribuyente tendrías que pasar al régimen general de impuesto que incluye el abono de IVA y Ganancias.
¿Cuándo pago?
Como se ha mencionado, ya será vigente para el 2020. Se había establecido el plazo de pago de las cuotas hasta el 20 de enero. Si tenés débito automático no te preocupes, pues te descontarán los valores de forma directa.
Consideraciones de la AFIP
Tomando en cuenta la época de crisis que atraviesa la Argentina, la AFIP ha extendido el plazo de pago hasta el 29 de febrero del 2020. Ya, si se cumple el plazo y no pagás, se hará efectiva la “exclusión de oficio”.
También se produce la exclusión si la AFIP llegara a observar que sean mayores los gastos que los ingresos y no hacés la recategorización.
El tiempo límite para recategorizarte en caso de cambiar tus parámetros se mantiene hasta el 20 de enero. Y el pago de las cuotas la tenés que pagar en febrero.